El TJUE declara ilegal la normativa española que impide a empresas extranjeras en pérdidas recuperar retenciones sobre dividendos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su reciente sentencia de 19 dediciembre de 2024 (Asunto C-601/23), ha determinado que la normativa que impide a las sociedades no residentes en pérdidas recuperar las retenciones sobre dividendos, supone una restricción ilegal a la libre circulación de capitales, vulnerando el artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

El caso de la empresa británica

Hasta ahora, las empresas extranjeras no podían recuperar estas retenciones, a diferencia de las empresas residentes en España. El caso se originó cuando una empresa británica, que recibió dividendos de una sociedad vizcaína y sufrió una retención del 10%, solicitó la devolución de esta retención tras registrar pérdidas. Su solicitud fue rechazada, lo que llevó el caso hasta el TJUE, que estableció que esta normativa discrimina a las empresas no residentes.

¿Cómo le afecta a su empresa?

Si su empresa no residente ha sufrido retenciones sobre dividendos en España y no ha podido recuperarlas, puede tener la opción de presentar una reclamación ante la Administración española. Contáctenos para recibir asesoramiento especializado y explorar las opciones de recuperación.

Fuente: Dividend Refund

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