Importante decisión del TJUE sobre la libre circulación de capitales y la fiscalidad en dividendos

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia clave que cuestiona la compatibilidad entre la normativa neerlandesa y la libre circulación de capitales garantizada por el artículo 63 del TFUE.

¿De qué trata elcaso?

  • En Países Bajos, los dividendos de entidades no residentes están gravados con un 15%, sin posibilidad de recuperar esta retención.
  • En cambio, las entidades residentes pueden deducir este impuesto en su declaración del Impuesto de Sociedades, lo que elimina la carga fiscal efectiva.

Esta diferencia generó una queja de una aseguradora británica, cuyos dividendos neerlandeses sufrieron este gravamen definitivo.

Conclusiones del TJUE:

  • Las entidades residentes y no residentes están en una situación comparable, y este trato desigual desalienta la inversión extranjera.
  • Restricción injustificada: La normativa no se sostiene por razones como la coherencia del sistema fiscal o la prevención del doble cómputo de cargas.
  • El impacto es desproporcionado, ya que las entidades no residentes no tienen forma de eliminar la carga fiscal efectiva.

Decisión final: La normativa neerlandesa es incompatible con la libre circulación de capitales y discrimina a las entidades no residentes.

Impacto global: Este fallo refuerza la necesidad de garantizar un trato equitativo en latributación transfronteriza dentro de la UE.

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